Uruguay
Residencia Mercosur de Uruguay
Primera estancia: 2 años
Mercosur residence agreement (Mercosur and associated-state nationals)
Comprobado por primera vez con fuentes oficiales el Registro de cambios
Datos clave
«Residencia Mercosur» es una vía de larga estancia para Uruguay. Permite trabajar en el país. Comprobado el 2026-10-10 con la fuente oficial.
- Primera estancia
- 2 años
Por qué esta vía puede no encajar
Revísalo antes de solicitarla.
- Solo para pasaportes de 11 países
Qué necesitarás
Quién puede solicitarla1
- El solicitante es nacional de Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam o Guyana.
Qué hay que demostrar2
- La tasa es de 557.30 UI para la residencia temporal o permanente, más 55.70 UI por el certificado migratorio.
- Las residencias permanentes de los nacionales de Brasil y Paraguay son gratuitas por reciprocidad.
Documentos3
- Un documento de identidad válido, una fotografía tamaño pasaporte y un certificado de nacimiento, o un certificado de naturalización con 5 años o más de antigüedad.
- Un certificado de antecedentes penales del país en que se haya vivido más de 6 meses en los últimos 5 años.
- Un certificado de vacunación válido expedido en Uruguay y un carné de salud vigente.
Pasos1
- Se inicia la solicitud en línea con una cuenta gub.uy, se paga la tasa y después se asiste a la cita con los documentos originales.
Después de llegar2
- La residencia temporal del Mercosur dura 2 años y puede renovarse una vez por el mismo período, solicitándola en los 90 días anteriores al vencimiento.
- La residencia permanente del Mercosur también se ofrece a las mismas nacionalidades como un trámite distinto.
Qué ocurre el día 183
Cómo determina Uruguay la residencia fiscal y cómo trata las rentas de fuente extranjera, según sus registros fiscales.
- Estancia con esta vía
2 años al principio, renovable
- Residencia fiscal
- Más de 183 días en año naturalLas personas físicas son residentes fiscales si están presentes más de 183 días en el año natural, o si la base principal de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales está en Uruguay.
- Rentas de fuente extranjera
Nuevos residentes, 11 años
Una persona que pasa a ser residente fiscal uruguayo a partir del 1 de enero de 2026 puede optar por tributar como no residente (IRNR) por las rentas y ganancias de capital de fuente extranjera durante el año del cambio de residencia más los 10 ejercicios fiscales siguientes, una sola vez; después rigen dos opciones del IRPF por hasta 20 ejercicios fiscales más.
- Régimen especial
Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% · 7% de impuesto
Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%.
Todas las normas fiscales de Uruguay Registros fiscales comprobados el
Texto oficial completo
Los nacionales del Mercosur y de Estados asociados pueden obtener en Uruguay una residencia temporal de 2 años, o solicitar directamente la residencia permanente. 1 2 3
Requisitos
- El solicitante es nacional de Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam o Guyana. 1
- La tasa es de 557.30 UI para la residencia temporal o permanente, más 55.70 UI por el certificado migratorio. 1 2
- Las residencias permanentes de los nacionales de Brasil y Paraguay son gratuitas por reciprocidad. 2
- Un documento de identidad válido, una fotografía tamaño pasaporte y un certificado de nacimiento, o un certificado de naturalización con 5 años o más de antigüedad. 1
- Un certificado de antecedentes penales del país en que se haya vivido más de 6 meses en los últimos 5 años. 1
- Un certificado de vacunación válido expedido en Uruguay y un carné de salud vigente. 1
- Se inicia la solicitud en línea con una cuenta gub.uy, se paga la tasa y después se asiste a la cita con los documentos originales. 2
- La residencia temporal del Mercosur dura 2 años y puede renovarse una vez por el mismo período, solicitándola en los 90 días anteriores al vencimiento. 1
- La residencia permanente del Mercosur también se ofrece a las mismas nacionalidades como un trámite distinto. 2
Estancia
- Residencia temporal de 2 años, renovable una vez por 2 años más; también está disponible la residencia permanente.
- Estancia inicial autorizada: 24 meses.
- Renovable, con las condiciones vigentes en el momento de la renovación.
- Residencia temporal, hasta 24 meses: Renovable una vez por el mismo período.
- Residencia permanente: Solicitud distinta de residencia permanente del Mercosur.
Nacionalidad
Nacionales de Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana. Disponible para: Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam, Guyana.
Trabajo
Los residentes conforme al acuerdo pueden trabajar y realizar cualquier actividad lícita en las mismas condiciones que los nacionales uruguayos.
Familia
Los familiares que no son nacionales de un Estado del Mercosur reciben una residencia con la misma vigencia que la del titular principal.
Fuentes oficiales
- Residencia Legal - Temporaria Mercosur · Dirección Nacional de Migración, Uruguay (gub.uy) · comprobado el 2026-10-10
- Residencia Legal - Permanente Mercosur · Dirección Nacional de Migración, Uruguay (gub.uy) · comprobado el 2026-10-10
- Circulación de personas · MERCOSUR · comprobado el 2026-10-10
Residencia Mercosur y sus alternativas
| Vía | Dinero exigido | Estancia | Trabajo |
|---|---|---|---|
| Residencia Mercosur | – | 2 años, renovable | Sí |
| Libre circulación por tratado | – | – | – |
| Estancia sin visa México | – | 6 meses | No |
| Libre circulación andina Colombia | – | 2 años | Sí |
| Libre circulación por tratado Brasil | – | – | – |
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo puedo quedarme con «Residencia Mercosur»?
Residencia temporal de 2 años, renovable una vez por 2 años más; también está disponible la residencia permanente.
¿Puedo trabajar con «Residencia Mercosur»?
Sí. Los residentes conforme al acuerdo pueden trabajar y realizar cualquier actividad lícita en las mismas condiciones que los nacionales uruguayos.
¿Puedo llevar a mi familia con «Residencia Mercosur»?
Los familiares que no son nacionales de un Estado del Mercosur reciben una residencia con la misma vigencia que la del titular principal.
¿Quién puede solicitar «Residencia Mercosur»?
Nacionales de Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam y Guyana. Disponible para: Argentina, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Perú, Ecuador, Colombia, Venezuela, Surinam, Guyana.
¿Hay alguna ventaja fiscal para titulares de «Residencia Mercosur» en Uruguay?
Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% (cerradas a nuevas elecciones desde el 31 de diciembre de 2025): Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%. Es independiente de la visa y tiene sus propias condiciones.
Impuestos
Régimen especial
Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% (cerradas a nuevas elecciones desde el 31 de diciembre de 2025)
7% de impuesto
Detalles
Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%. Quienes eligieron conservan la opción; las personas que pasan a ser residentes desde el 1 de enero de 2026 quedan en su lugar bajo el régimen de impatriados (art. 24-BIS), que no tiene opción del 7%.
Qué grava
Rentas de capital mobiliario de fuente extranjera (intereses, dividendos y similares) de entidades no residentes; otras rentas, como las del trabajo, siguen en la categoría II del IRPF.
A quién se aplica
- Pasó a ser residente fiscal en los ejercicios fiscales 2020 a 2025 y ejerció la opción antes del 31 de diciembre de 2025 (art. 24 según la modificación de la Ley 20.446, art. 649: la opción podía ejercerse una sola vez y hasta el 31 de diciembre de 2025).
- Declaró no haber utilizado antes la opción y que no se aplicaba ningún motivo de residencia en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior.
- Opción ejercida una sola vez, mediante el formulario 0306 presentado ante la DGI.
- Ampliar a 10 años la opción anterior a 2020 exige bienes inmuebles en Uruguay por un valor superior a 3,500,000 unidades indexadas (UI), comprados a partir del 22 de enero de 2021.
Exclusiones
- No está abierta a las personas que pasan a ser residentes fiscales a partir del 1 de enero de 2026.
- Se aplica solo a las rentas de capital mobiliario de fuente extranjera.
- El empleo y las demás rentas siguen sujetos al IRPF.
- Para los residentes anteriores a 2020, la opción anterior (5 años +1) puede ampliarse a 10 años si la persona tiene bienes inmuebles uruguayos por encima de 3,500,000 unidades indexadas comprados a partir del 22 de enero de 2021 y pasa al menos 60 días al año en Uruguay.
Días en el país
- Más de 183 días en año natural · Las personas físicas son residentes fiscales si están presentes más de 183 días en el año natural, o si la base principal de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales está en Uruguay.
Residencia fiscal
La residencia fiscal se basa en los criterios de 183 días o de centro de intereses; la opción se ejerció una sola vez al pasar a ser residente, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
Visas
El régimen fiscal es independiente de la categoría de residencia; está cerrado a nuevos acogidos desde 2026.
Otros impuestos
Opción mediante el formulario 0306; no se tratan el IVA, la seguridad social ni los impuestos sobre las rentas del trabajo.
Comprobado con fuentes oficiales el Registro de cambios
Visas similares en otros países
Las cifras ≈ USD son aproximadas: tipos de referencia diarios de ExchangeRate-API, del 12 oct 2026, actualizados cuando se actualiza el sitio.
Pregunta a la IA sobre esta vía AI
Un asistente de IA responde a partir de los registros publicados en esta página y los cita. No puede evaluar tu situación personal. No incluyas datos personales.
Cómo se comprobó
Comprobado el 2026-10-10 con 3 fuentes oficiales. Estado: verificado con las fuentes oficiales.
Cada cifra de esta página procede de la fuente oficial que enlaza. El registro se elaboró a partir de estas fuentes y después se revisó por separado, con especial atención a las fechas de entrada en vigor y a las modificaciones. Cuando una fuente no indica algo, la página lo omite.
- Residencia Legal - Temporaria Mercosur · Dirección Nacional de Migración, Uruguay (gub.uy) · comprobado el 2026-10-10
- Residencia Legal - Permanente Mercosur · Dirección Nacional de Migración, Uruguay (gub.uy) · comprobado el 2026-10-10
- Circulación de personas · MERCOSUR · comprobado el 2026-10-10
Seguimiento desde el 2026-10-11. Los cambios de normas y las correcciones figuran en la página de cambios, y la página de metodología explica cómo se comprueban los datos. ¿Ves algo desactualizado? Escribe a contact@stayglobe.app con un enlace a la fuente oficial.