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Uruguay · Jubilarse o vivir de ahorros

Residencia de rentista / jubilado de Uruguay

Residencia legal permanente — rentista, jubilado y pensionista en el exterior

Comprobado por primera vez con fuentes oficiales el Registro de cambios

«Residencia de rentista / jubilado» es una vía de jubilarse o vivir de ahorros para Uruguay. Comprobado el 2026-10-11 con la fuente oficial.

Tasas oficiales
UYI 557 · UYI 55.7
Tasas oficialesUYI 557 · UYI 55.7
  • UYI 557.3Solicitud de residencia legal permanente, en Unidades Indexadas; los nacionales de Brasil y Paraguay están exentos.
  • UYI 55.7Certificado migratorio para la cédula de identidad, una vez concedida la residencia.
CiudadaníaNorma general: 5 años de residencia

La ciudadanía legal exige 5 años de residencia habitual en Uruguay, o 3 años si se tiene una familia constituida en el país y capital, bienes o una profesión.

Centro de Información Oficial (IMPO), Uruguay

Dónde solicitarlaDentro del país

Se inicia la solicitud en línea y después se asiste a la cita presencial en la oficina de migración en Uruguay.

Ministerio del Interior — Dirección Nacional de Migración

Qué hay que demostrar y pagar2

  • Una tasa de UYI 557.3 · Solicitud de residencia legal permanente, en Unidades Indexadas; los nacionales de Brasil y Paraguay están exentos.
  • Una tasa de UYI 55.7 · Certificado migratorio para la cédula de identidad, una vez concedida la residencia.

Documentos3

  • Un certificado notarial indica la condición, el concepto de ingresos, el importe nominal mensual y cómo se recibe en Uruguay.
  • Se exigen certificados de antecedentes penales del país de origen y de los países de residencia en los últimos 5 años.
  • Se exigen un certificado de vacunación y un carné de salud.

Cómo determina Uruguay la residencia fiscal y cómo trata las rentas de fuente extranjera, según sus registros fiscales.

Residencia fiscal
  • Más de 183 días en año naturalLas personas físicas son residentes fiscales si están presentes más de 183 días en el año natural, o si la base principal de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales está en Uruguay.
Rentas de fuente extranjera

Nuevos residentes, 11 años

Una persona que pasa a ser residente fiscal uruguayo a partir del 1 de enero de 2026 puede optar por tributar como no residente (IRNR) por las rentas y ganancias de capital de fuente extranjera durante el año del cambio de residencia más los 10 ejercicios fiscales siguientes, una sola vez; después rigen dos opciones del IRPF por hasta 20 ejercicios fiscales más.

Régimen especial

Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% · 7% de impuesto

Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%.

Todas las normas fiscales de Uruguay Registros fiscales comprobados el

Web oficial
Texto oficial completo

Residencia permanente para extranjeros que viven de rentas, jubilación o pensiones pagadas desde el exterior, acreditadas mediante un certificado notarial. 1

Qué hay que demostrar y pagar

  • Una tasa de UYI 557.3 · Solicitud de residencia legal permanente, en Unidades Indexadas; los nacionales de Brasil y Paraguay están exentos. 1
  • Una tasa de UYI 55.7 · Certificado migratorio para la cédula de identidad, una vez concedida la residencia. 1

Requisitos

  • Un certificado notarial indica la condición, el concepto de ingresos, el importe nominal mensual y cómo se recibe en Uruguay. 1
  • Se exigen certificados de antecedentes penales del país de origen y de los países de residencia en los últimos 5 años. 1
  • Se exigen un certificado de vacunación y un carné de salud. 1

Estancia

  • Residencia permanente.

Nacionalidad

Sin restricción de nacionalidad; los nacionales del Mercosur tienen una vía permanente distinta.

Familia

Los familiares de un uruguayo o con un vínculo que cumpla los requisitos pueden solicitar la residencia permanente por vínculo familiar; los menores necesitan autorización de los padres.

Comprobado el 2026-10-11

Fuentes oficiales

  1. Residencia Legal — Permanente · Ministerio del Interior — Dirección Nacional de Migración · comprobado el 2026-10-10
  2. Constitución de la República Oriental del Uruguay, art. 75 · Centro de Información Oficial (IMPO), Uruguay · comprobado el 2026-10-11
VíaDinero exigidoEstanciaTrabajo
Residencia de rentista / jubilado–––
Residencia permanente de jubilado (Ley 16.340)Exige ingresos de $1,500+ al mes––
Residencia permanente de jubilado MéxicoExige ingresos de MXN 134k+ al mes ≈ $7,310–Sí
Visa M de pensionista ColombiaExige ingresos de COP 5.3M+ al mes ≈ $1,6403 añosSí
Residencia de pensionado Costa RicaExige ingresos de $1,000+ al mes2 años, renovableLimitado

¿Cuánto dinero necesito para «Residencia de rentista / jubilado»?

Una tasa de UYI 557.3. Solicitud de residencia legal permanente, en Unidades Indexadas; los nacionales de Brasil y Paraguay están exentos. Una tasa de UYI 55.7. Certificado migratorio para la cédula de identidad, una vez concedida la residencia.

¿Cuánto tiempo puedo quedarme con «Residencia de rentista / jubilado»?

Residencia permanente.

¿Puedo llevar a mi familia con «Residencia de rentista / jubilado»?

Los familiares de un uruguayo o con un vínculo que cumpla los requisitos pueden solicitar la residencia permanente por vínculo familiar; los menores necesitan autorización de los padres.

¿Hay alguna ventaja fiscal para titulares de «Residencia de rentista / jubilado» en Uruguay?

Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% (cerradas a nuevas elecciones desde el 31 de diciembre de 2025): Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%. Es independiente de la visa y tiene sus propias condiciones.

Régimen especial

Opciones para nuevos residentes anteriores a 2026 sobre rentas de capital extranjeras: exención del IRNR o IRPF al 7% (cerradas a nuevas elecciones desde el 31 de diciembre de 2025)

7% de impuesto

Detalles

Las personas que pasaron a ser residentes fiscales uruguayos de 2020 a 2025 pudieron elegir, una sola vez y solo hasta el 31 de diciembre de 2025, pagar el impuesto de no residentes (IRNR) por el año del cambio y los diez ejercicios fiscales siguientes, de modo que las rentas de capital de fuente extranjera no pagan impuesto uruguayo durante ese tiempo, o pagar el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) al 7% sin límite de tiempo en lugar del 12%. Quienes eligieron conservan la opción; las personas que pasan a ser residentes desde el 1 de enero de 2026 quedan en su lugar bajo el régimen de impatriados (art. 24-BIS), que no tiene opción del 7%.

Qué grava

Rentas de capital mobiliario de fuente extranjera (intereses, dividendos y similares) de entidades no residentes; otras rentas, como las del trabajo, siguen en la categoría II del IRPF.

A quién se aplica

  • Pasó a ser residente fiscal en los ejercicios fiscales 2020 a 2025 y ejerció la opción antes del 31 de diciembre de 2025 (art. 24 según la modificación de la Ley 20.446, art. 649: la opción podía ejercerse una sola vez y hasta el 31 de diciembre de 2025).
  • Declaró no haber utilizado antes la opción y que no se aplicaba ningún motivo de residencia en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior.
  • Opción ejercida una sola vez, mediante el formulario 0306 presentado ante la DGI.
  • Ampliar a 10 años la opción anterior a 2020 exige bienes inmuebles en Uruguay por un valor superior a 3,500,000 unidades indexadas (UI), comprados a partir del 22 de enero de 2021.

Exclusiones

  • No está abierta a las personas que pasan a ser residentes fiscales a partir del 1 de enero de 2026.
  • Se aplica solo a las rentas de capital mobiliario de fuente extranjera.
  • El empleo y las demás rentas siguen sujetos al IRPF.
  • Para los residentes anteriores a 2020, la opción anterior (5 años +1) puede ampliarse a 10 años si la persona tiene bienes inmuebles uruguayos por encima de 3,500,000 unidades indexadas comprados a partir del 22 de enero de 2021 y pasa al menos 60 días al año en Uruguay.

Días en el país

  • Más de 183 días en año natural · Las personas físicas son residentes fiscales si están presentes más de 183 días en el año natural, o si la base principal de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales está en Uruguay.

Residencia fiscal

La residencia fiscal se basa en los criterios de 183 días o de centro de intereses; la opción se ejerció una sola vez al pasar a ser residente, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Visas

El régimen fiscal es independiente de la categoría de residencia; está cerrado a nuevos acogidos desde 2026.

Otros impuestos

Opción mediante el formulario 0306; no se tratan el IVA, la seguridad social ni los impuestos sobre las rentas del trabajo.

Comprobado con fuentes oficiales el Registro de cambios

Las cifras ≈ USD son aproximadas: tipos de referencia diarios de ExchangeRate-API, del 12 oct 2026, actualizados cuando se actualiza el sitio.

Pregunta a la IA sobre esta vía AI

Un asistente de IA responde a partir de los registros publicados en esta página y los cita. No puede evaluar tu situación personal. No incluyas datos personales.

Comprobado el 2026-10-11 con 2 fuentes oficiales. Estado: verificado con las fuentes oficiales.

Cada cifra de esta página procede de la fuente oficial que enlaza. El registro se elaboró a partir de estas fuentes y después se revisó por separado, con especial atención a las fechas de entrada en vigor y a las modificaciones. Cuando una fuente no indica algo, la página lo omite.

  1. Residencia Legal — Permanente · Ministerio del Interior — Dirección Nacional de Migración · comprobado el 2026-10-10
  2. Constitución de la República Oriental del Uruguay, art. 75 · Centro de Información Oficial (IMPO), Uruguay · comprobado el 2026-10-11

Seguimiento desde el 2026-10-10. Los cambios de normas y las correcciones figuran en la página de cambios, y la página de metodología explica cómo se comprueban los datos. ¿Ves algo desactualizado? Escribe a contact@stayglobe.app con un enlace a la fuente oficial.