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México · Trabajo

Visitante con permiso de trabajo de México

Primera estancia: 6 meses

Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas

Comprobado con fuentes oficiales el Registro de cambios

«Visitante con permiso de trabajo» es una vía de trabajo para México. Comprobado el 2026-10-12 con la fuente oficial.

Tasas oficiales
MXN 248 ≈ $14 · +2 más
Tramitación
20 días hábiles
Primera estancia
6 meses

Para solicitarla: 3 tasas oficiales detalladas abajo; resolución: 20 días hábiles. No incluye honorarios de abogados ni gestores.

Tasas oficialesMXN 248 ≈ $14 · +2 más
  • MXN 247.96 (≈ $14)Autorización del INM de una solicitud de visa por unidad familiar u oferta de empleo, presentada ante el INM (Ley Federal de Derechos art. 14 Bis).
  • MXN 990.79 (≈ $54)Tasa consular de la visa, Ley Federal de Derechos art. 22 (III d); se paga en el consulado.
  • MXN 4,340.77 (≈ $240)Documento para visitante con permiso para actividades remuneradas, expedido por el INM en México (Ley Federal de Derechos art. 8 II).
RenovaciónNo renovable

La Ley de Migración permite esta estancia por no más de 180 días ininterrumpidos desde la fecha de entrada. El trabajo que dura más de 180 días se tramita mediante residencia temporal con oferta de empleo.

Cámara de Diputados / Instituto Nacional de MigraciónSecretaría de Relaciones Exteriores / Diario Oficial

Residencia permanenteEl tiempo aquí no cuenta

Los visitantes no pueden cambiar su categoría de estancia en México, salvo en casos humanitarios y de personas con un vínculo familiar con un mexicano o un residente.

Cámara de Diputados / Instituto Nacional de Migración

Tramitación20 días hábiles

El instituto de migración decide sobre la autorización de la oferta de empleo en un plazo de 20 días hábiles y después el consulado decide en 10 días hábiles desde la entrevista.

Secretaría de Relaciones Exteriores / Diario Oficial

Dónde solicitarlaDesde el extranjero

El empleador obtiene primero una autorización del instituto de migración; después haces la entrevista consular en el extranjero.

Secretaría de Relaciones Exteriores / Diario Oficial

Revísalo antes de solicitarla.

  • No se puede renovar
  • El tiempo con esta vía no cuenta para la residencia permanente
  • La solicitud se presenta desde fuera de México, no después de llegar
  • Exige una oferta de empleo de un empleador de México

Quién puede solicitarla2

  • Una persona o empresa legalmente establecida en México presenta una oferta de empleo para un trabajo de no más de 180 días.
  • El empleador está inscrito en el INM (constancia de inscripción del empleador).

Qué hay que demostrar y pagar3

  • Una tasa de MXN 247.96 (≈ $14) · Autorización del INM de una solicitud de visa por unidad familiar u oferta de empleo, presentada ante el INM (Ley Federal de Derechos art. 14 Bis).
  • Una tasa de MXN 990.79 (≈ $54) · Tasa consular de la visa, Ley Federal de Derechos art. 22 (III d); se paga en el consulado.
  • Una tasa de MXN 4,340.77 (≈ $240) · Documento para visitante con permiso para actividades remuneradas, expedido por el INM en México (Ley Federal de Derechos art. 8 II).

Documentos2

  • La carta de oferta indica la ocupación, la duración, el lugar de trabajo y la retribución.
  • Se exige un pasaporte válido.

Pasos2

  1. El empleador solicita al INM la autorización de la visa, que sigue siendo válida durante 30 días hábiles.
  2. Tras la autorización del INM sigue una entrevista consular.

Después de llegar1

  • Se permite la estancia de hasta 180 días desde la entrada.

Cómo determina México la residencia fiscal y cómo trata las rentas de fuente extranjera, según sus registros fiscales.

Rentas de fuente extranjera

Renta mundial de los residentes en México; ingresos de fuente mexicana de los no residentes sin establecimiento permanente.

Todas las normas fiscales de México Registros fiscales comprobados el

Web oficial
Texto oficial completo

Para una actividad remunerada de corta duración en México cuando se aplica la autorización pertinente, normalmente basada en una autorización u oferta previa del INM. 1 2 3 4

Qué hay que demostrar y pagar

  • Una tasa de MXN 247.96 (≈ $14) · Autorización del INM de una solicitud de visa por unidad familiar u oferta de empleo, presentada ante el INM (Ley Federal de Derechos art. 14 Bis). 3 2
  • Una tasa de MXN 990.79 (≈ $54) · Tasa consular de la visa, Ley Federal de Derechos art. 22 (III d); se paga en el consulado. 3 2
  • Una tasa de MXN 4,340.77 (≈ $240) · Documento para visitante con permiso para actividades remuneradas, expedido por el INM en México (Ley Federal de Derechos art. 8 II). 3

Requisitos

  • Una persona o empresa legalmente establecida en México presenta una oferta de empleo para un trabajo de no más de 180 días. 2
  • El empleador está inscrito en el INM (constancia de inscripción del empleador). 2
  • La carta de oferta indica la ocupación, la duración, el lugar de trabajo y la retribución. 2
  • Se exige un pasaporte válido. 2
  • El empleador solicita al INM la autorización de la visa, que sigue siendo válida durante 30 días hábiles. 2
  • Tras la autorización del INM sigue una entrevista consular. 2
  • Se permite la estancia de hasta 180 días desde la entrada. 4

Estancia

  • Estancia de hasta 180 días sin interrupción desde la fecha de entrada.
  • Primera estancia: hasta 6 meses, según el caso.
  • No renovable según nuestra fuente.

Nacionalidad

El requisito de visa depende de la nacionalidad.

Trabajo

Actividad remunerada por una oferta de empleo, una invitación de una autoridad o de una institución académica, artística, deportiva o cultural, o trabajo de temporada conforme a un acuerdo interinstitucional.

Comprobado el 2026-10-12

Fuentes oficiales

  1. Visas for foreign persons — visitor with permit for paid activities · SRE · comprobado el 2026-10-10
  2. Lineamientos en materia de visas (DOF 25 July 2025): Trámites 5, 6, 7, 10 · Secretaría de Relaciones Exteriores / Diario Oficial · comprobado el 2026-10-12 · publicado el 2025-07-25
  3. Ley Federal de Derechos, arts. 8, 11, 14 Bis and 22 (text current to DOF 7 Nov 2025, amounts for 2026) · Cámara de Diputados · comprobado el 2026-10-11
  4. Ley de Migración (arts. 52 to 56 and 111; text as last amended DOF 29 April 2022) · Cámara de Diputados / Instituto Nacional de Migración · comprobado el 2026-10-12
VíaDinero exigidoEstanciaTrabajo
Visitante con permiso de trabajo–6 meses–
Residencia por oferta de empleo–4 años–
Visa M de internacionalización Colombia–3 años–
Permiso de científico/profesional Costa Rica–2 años, renovable–
Visa de trabajo Brasil–2 años, renovable–

¿Cuánto dinero necesito para «Visitante con permiso de trabajo»?

Una tasa de MXN 247.96 (≈ $14). Autorización del INM de una solicitud de visa por unidad familiar u oferta de empleo, presentada ante el INM (Ley Federal de Derechos art. Una tasa de MXN 990.79 (≈ $54). Tasa consular de la visa, Ley Federal de Derechos art. Una tasa de MXN 4,340.77 (≈ $240). Documento para visitante con permiso para actividades remuneradas, expedido por el INM en México (Ley Federal de Derechos art.

¿Cuánto tiempo puedo quedarme con «Visitante con permiso de trabajo»?

Estancia de hasta 180 días sin interrupción desde la fecha de entrada.

¿Cuánto tarda la tramitación de «Visitante con permiso de trabajo»?

El instituto de migración decide sobre la autorización de la oferta de empleo en un plazo de 20 días hábiles y después el consulado decide en 10 días hábiles desde la entrevista.

¿Puedo trabajar con «Visitante con permiso de trabajo»?

Actividad remunerada por una oferta de empleo, una invitación de una autoridad o de una institución académica, artística, deportiva o cultural, o trabajo de temporada conforme a un acuerdo interinstitucional.

¿«Visitante con permiso de trabajo» lleva a la residencia permanente en México?

El tiempo con «Visitante con permiso de trabajo» no cuenta para la residencia permanente en México.

Las cifras ≈ USD son aproximadas: tipos de referencia diarios de ExchangeRate-API, del 12 oct 2026, actualizados cuando se actualiza el sitio.

Pregunta a la IA sobre esta vía AI

Un asistente de IA responde a partir de los registros publicados en esta página y los cita. No puede evaluar tu situación personal. No incluyas datos personales.

Comprobado el 2026-10-12 con 4 fuentes oficiales. Estado: verificado con las fuentes oficiales.

Cada cifra de esta página procede de la fuente oficial que enlaza. El registro se elaboró a partir de estas fuentes y después se revisó por separado, con especial atención a las fechas de entrada en vigor y a las modificaciones. Cuando una fuente no indica algo, la página lo omite.

  1. Visas for foreign persons — visitor with permit for paid activities · SRE · comprobado el 2026-10-10
  2. Lineamientos en materia de visas (DOF 25 July 2025): Trámites 5, 6, 7, 10 · Secretaría de Relaciones Exteriores / Diario Oficial · comprobado el 2026-10-12
  3. Ley Federal de Derechos, arts. 8, 11, 14 Bis and 22 (text current to DOF 7 Nov 2025, amounts for 2026) · Cámara de Diputados · comprobado el 2026-10-11
  4. Ley de Migración (arts. 52 to 56 and 111; text as last amended DOF 29 April 2022) · Cámara de Diputados / Instituto Nacional de Migración · comprobado el 2026-10-12

Seguimiento desde el 2026-10-10. Los cambios de normas y las correcciones figuran en la página de cambios, y la página de metodología explica cómo se comprueban los datos. ¿Ves algo desactualizado? Escribe a contact@stayglobe.app con un enlace a la fuente oficial.